POLÍTICA DE GESTIÓN DE LOGÍSTICA

SMART SOLUTIONS EJE CAFETERO S.A.S “EDUDESTINOS”


Política de cancelación y devolución:

DERECHOS Y DEBERES DE EL ASPIRANTE. Tendrá derecho como contraprestación por el pago realizado a:

 

1. Recibir de LA COMPAÑÍA toda la información sobre la Institución y País de destino seleccionado por EL ASPIRANTE, al igual que el manual de procesos que explica los tiempos y condiciones que EL ASPIRANTE debe cumplir para la aplicación de visa para el país destino. El no cumplir con lo estipulado en dicho manual y sus respectivos formatos de papelería, puede generar retrasos en el proceso de visado de EL ASPIRANTE o una posible negación.


2. En caso que a EL ASPIRANTE le sea negada la visa por parte de la embajada del país de destino, podrá aplicar a otro destino sin necesidad de realizar nuevamente el pago del valor de la garantía de proceso, previa solicitud formal por escrito a LA COMPAÑÍA. Los derechos consulares, no son reembolsables en ningún caso por la embajada.


3. En caso de que a EL ASPIRANTE le sea negada la visa por parte de la embajada del país de destino, o que no desee viajar por algún otro motivo podrá solicitar la devolución del dinero sin derecho a:

a)     El valor equivalente a 200 USD, por concepto de gasto administrativo de LA COMPAÑÍA.

b)     El valor equivalente al giro  internacional pagado al banco especificado en su liquidación.

c)      La suma pagada por derechos consulares, que no son reembolsables en ningún caso por la embajada.

d)     El valor que determine la institución seleccionada según las normas y condiciones de la matrícula que rijan para cada institución. Esta cantidad se le aclarará a EL ASPIRANTE antes de realizar la matrícula.

e)     En caso que a EL ASPIRANTE le sea negada la visa, por los conceptos de falsedad en información y/o documentos, solvencia económica no real por retiro de los recursos de las cuentas bancarias del patrocinador antes de aprobada la visa o por omitir información importante a LA COMPAÑÍA; EL ASPIRANTE deberá asumir y cancelar a LA COMPAÑÍA el valor correspondiente al porcentaje que cobre la institución por valor del curso, el cual en ningún caso será inferior al 25% del valor del curso y dependiendo de la institución este porcentaje podrá ser hasta el 100% del valor del curso.




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